La restricción vigente, que está reglamentada por el Decreto Distrital 033 del 05 de febrero de 2009, se aplica de lunes a viernes desde las 06:00 a.m. hasta las 08:00 p.m., durante dos días a la semana según el último digito de la placa del vehículo, estas condiciones se mantendrán hasta el 15 de febrero de 2012.
La restricción es objeto de rotación el 1° de julio de cada año y no aplica días festivos.
A partir del 1° de julio de 2011 y hasta el 30 de junio de 2012 la programación de acuerdo con el último digito de la placa, es la siguiente:
A partir del primero del 1 de Febrero y hasta el 29 de julio de 2011 empezará a regir para la ciudad de Medellín el nuevo pico y placa para vehículos particulares y motos dos tiempos.
La sanción correspondiente a los conductores que circulen en el horario de pico y placa será una multa de 15 Salarios mínimos diarios vigentes, equivalentes a $267.800 y la inmovilización del vehículo.
El horario establecido es de 6:30 a.m. a 8:30 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:30 p.m.
Se recuerda que los números corresponden al último digito de la placa para vehículos particulares y para motos dos tiempos al primer numero.
Mayores informes http://alcaldia.medellin.gov.co/transito/picoyplaca.html
La secretaria de la movilidad de la ciudad de Bogotá recuerda a los ciudadanos la restricción vehicular del pico y placa que rige a partir del 1 de julio de 2010 hasta el 30 de Junio de 2011. La restricción aplicará de lunes a viernes de 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.
A quienes incumplan la medida de restricción vehicular y que se encuentren movilizándose en los días de pico y placa se les impondrá una multa correspondiente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir $257.500 y se inmovilizará el vehículo.
El pico y placa para vehículos públicos y el pico y placa ambiental no sufre ninguna modificación, mayores informes
La secretaria de la movilidad de la ciudad de Bogotá recuerda a los ciudadanos la restricción vehicular del pico y placa que rige a partir del 1 de julio de 2009. La restricción aplicará de lunes a viernes de 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.
A quienes incumplan la medida de restricción vehicular y que se encuentren movilizándose en los días de pico y placa se les impondrá una multa correspondiente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir $248.000 y se inmovilizara el vehículo.
El pico y placa para vehículos públicos y el pico y placa ambiental no sufre ninguna modificación, mayores informes
A partir del primero del 1de Febrero y hasta el 2 de agosto de 2010 empezará a regir para la ciudad de Medellín el nuevo pico y placa para vehículos particulares y motos dos tiempos.
La sanción correspondiente a los conductores que circulen en el horario de pico y placa será una multa de 15 Salarios mínimos diarios vigentes, equivalentes a $257.500 y la inmovilización del vehículo.
El horario establecido es de 6:30 a.m. a 8:30 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:30 p.m.
Se recuerda que los números corresponden al último digito de la placa para vehículos particulares y para motos dos tiempos al primer numero.
Según el decreto N° 411.0.0847 del 31 de diciembre de 2009, la restricción del pico y placa para la ciudad de Cali rota únicamente para vehículos particulares y corresponde a los periodos comprendidos entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2010 y desde el primero de julio hasta el 31 de diciembre de 2010.
El horario de restricción es de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y 10:00 a.m. y entre las 5:00 p.m. y 8:00 p.m.
La restricción en la ciudad de Bucaramanga aplica los días hábiles de lunes a viernes en todo el perímetro urbano y restringe la circulación de vehículos particulares y de importación temporal y/o matrícula extranjera durante las 6:30 a.m. y las 9:00 a.m. y entre las 4:30 p.m. y las 7:00 p.m.
La medida aplica según el ultimo digito de la placa en vehículos particulares. Mayores informes
La restricción para vehículos particulares y motocicletas aplica según el último número de la placa para automóviles y para motos con el primer numero. Los horarios establecidos para la medida de pico y placa son de 7:30 a.m. – 10:00 a.m. / 11:00 a.m. – 3:30 p.m. / 5:00 p.m. – 7:30 p.m.
No, en este blog no encontrará noticias recientes sobre Mike Patton. Las encontrará aquí. Vivo en Bogotá, (Blogotá?) Colombia. Me metí en esto de los blogs por curiosidad, y en poco tiempo me volví adicto. Para mi que tengo como mucho tiempo libre. Nunca he sido bueno para describirme, o hablar sobre mi, y ésta es la mejor prueba. En este blog encontrará mi opinión sobre algunos acontecimientos de la vida cotidiana de cualquier Colombiano promedio, otros de mi vida personal que no debería revelar masivamente, y muchos, muchos posts intrascendentes y carentes de sentido. Espero que de vez en cuando encuentre algo de su agrado. Le recomiendo usar un buen lector de RSS para enterarse de la actualizaciones oportunamente haciendo click en uno de los símbolos a continuación:
[ Más de 100 pendejadas sobre mí ]